Hoy se cumple un año de la resolución del Banco Popular, en base a la normativa europea 806/2014, traspuesta a nuestro ordenamiento jurídico en la ley 11/2015.

La resolución del Banco Popular ha sido un intermedio en el camino de concentración de entidades financieras tanto en España como en la Unión Europea, provocando las pérdidas de los ahorros y de los esfuerzos conseguidos a lo largo de toda una vida de 305.000 familias en nuestro país, siendo, por tanto, los efectos colaterales de una normativa que elude sus propias responsabilidades y que elimina constantemente las negligencias de los supervisores y reguladores, así como la dejación de funciones, no solo de su papel supervisor, tal como lo demostró el BCE cuando encargó a los big four (KPMG, Deloitte, PwC, Ernst&Young) su colaboración en la función supervisora de las entidades bancarias europeas.

A lo largo de todo este año, hemos asistido a una guerra de guerrillas y a muchas grandilocuentes afirmaciones. Sin embargo, los documentos y pruebas que hemos ido publicando de la resolución del Banco Popular, van desmintiendo todas esas afirmaciones que los organismos, tanto públicos como privados que intervinieron en la resolución, están lanzando constantemente.

Por estos datos que hemos ido conociendo hay dos planos que van confluyendo mutuamente hasta la fecha de la resolución, y que actualmente están divergiendo por la disparidad de intereses de cada una de las partes. Estos dos planos son:

  • Plano público: Reglamentos, legislaciones, organismos europeos, Gobierno Español y organismos dependientes del mismo.
  • Plano Privado: Banco de Santander, Antonio del Valle y su escudera Reyes Calderón, Consejo de Administración del Banco Popular, Emilio Saracho, BlackRock, Uría y Menéndez y PwC.

 

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