El Banco Santander está demasiado acostumbrado a que la Justicia española y el resto de organismos del Estado se plieguen a sus intereses. Por esta razón, en Boadilla deben estar desconcertados por las decisiones que se están adoptando en diferentes órganos judiciales en referencia al Caso Banco Popular. Diario16 ya informó de que la imputación penal abría la puerta a la adopción de medidas cautelares, ya que lo que parecía que no era más que un movimiento lógico del juez Calama Teixeira, consecuencia de la desaparición de Banco Popular una vez que se ejecutó la fusión por absorción por parte del banco presidido por Ana Patricia Botín, se puede convertir en la causa por la que el magistrado empiece a dictar las medidas cautelares que Andreu no aplicó y que, como bien afirmó el juez Elpidio Silva, deberían haberse adoptado desde el principio, medidas que se podrían concretar en la imposición de una fuerte fianza, tal y como han reclamado algunos despachos de abogados o asociaciones de afectados a través de la Fiscalía Anticorrupción.

Esta posibilidad se fundamenta en el hecho de que cuando un juzgado imputa penalmente a una persona física o jurídica (o investiga, según la última reforma de Rafael Catalá) es porque hay indicios sólidos y objetivos de la comisión de un presunto delito. Por tanto, la imputación del Santander podría llevar al juez Calama a exigir una cantidad de fianza para que el banco cántabro sepa a cuánto se expone a tener que provisionar para hacer frente a los perjuicios que la comisión de ese presunto delito haya podido provocar. Por ejemplo, la Asociación Independiente de Afectados del Popular presentó un escrito ante la Fiscalía Anticorrupción solicitando una fianza de 21.631 millones de euros.

Ante esta situación, el Banco Santander ha presentado un recurso que se fundamenta en dos pilares argumentativos fundamentales: en primer lugar, que en este caso se debería aplicar la misma jurisprudencia que en el caso CaixaBank-Banco Valencia y, en segundo término, que la imputación penal del Santander tendría una consecuencia funesta para todo el sistema financiero de la Eurozona ya que, según la argumentación del recurso, podría destrozar el Mecanismo Único de Resolución.

Dentro de esa argumentación, el recurso hace hincapié en que, desde el momento de la resolución, se crea un nuevo Banco Popular que es el que el Santander compra y que las responsabilidades penales corresponden al antiguo Banco Popular. Por tanto, a través de un circunloquio argumentativo más propio de picapleitos que de reputados letrados, el Santander pretende crear la ficción de que lo que ellos compraron por un euro era una entidad totalmente renovada y diferenciada de la anterior. Es increíble cómo un despacho de la envergadura de Uría y Menéndez pasa de la jurisprudencia a intentar convencer al magistrado con argumentos banales y ridículos que resultan increíbles para cualquier persona que tenga un mínimo conocimiento legal.

Como decíamos antes, el Santander está acostumbrado a que la Justicia se ponga de su parte y ejemplos hay muchos: la Doctrina Botín, el dinero oculto en Suiza o el indulto a Alfredo Sáenz son sólo algunos ejemplos. Según la argumentación presentada en el recurso, se podría pensar que el banco presidido por Ana Patricia Botín está pretendiendo la creación de una nueva doctrina legal a la carta como la que salvó a Emilio Botín de la cárcel por las cesiones de crédito, doctrina en la que fue ponente el juez Gómez Bermúdez quien, en la actualidad, defiende los intereses del Santander en un despacho de abogados.

Sin embargo, los fundamentos jurídicos banales sobre los que asienta el Santander su recurso contra su imputación penal, tienen una lectura peligrosa: la pretensión de encontrarse siempre por encima de todo el ordenamiento jurídico. La ley es la ley para todos, guste o no guste, pero es para todo. El creerse inviolable o impune y pensar que no está sometido al imperio de la Justicia es lo propio de las dictaduras. El Santander se acoge al ordenamiento jurídico cuando le favorece y, en cambio, cuando le puede perjudicar busca la creación de doctrinas legales que se ajusten a sus necesidades. Este comportamiento sólo puede definirse como un ataque al Estado de Derecho.

En el Caso Popular el Santander ya dispuso de un juez instructor «permisivo» que ha tenido que abandonar su juzgado por las fuertes presiones que estaba recibiendo para frenar esta situación que, según ha podido saber Diario16 de fuentes de extrema solvencia, le generaban vergüenza y episodios de llanto por las noches. La Ley no se puede negar ni se puede tergiversar del modo en que lo intentan tanto el Santander como Uría y Menéndez.

Ana Patricia Botín puede finalizar de un plumazo con el Caso Banco Popular sin tener que obligar a sus abogados a inventarse razonamientos jurídicos tan vacuos como los presentados en el recurso. No tiene más que abrir una mesa de diálogo con los diferentes representantes de los afectados. Nos consta que ya lo ha hecho con algunos y, de este modo, evitar que continuaran con sus querellas. Sin embargo, ese proceso debe ser extensible porque con el diálogo y el consenso la solución será beneficiosa para ambas partes. El Santander no tendrá que sufrir las consecuencias económicas de un largo proceso judicial y los afectados recibirán un justiprecio por sus títulos del Popular. Si en este país se ha logrado dialogar hasta con una banda terrorista, ¿por qué no con el Santander?

El largo proceso judicial puede ser, además, muy doloroso para el Santander puesto que la documentación que obra en poder de Diario16, que será publicada y puesta en manos de la Justicia en breve, demuestra hechos que la Justicia no podrá dejar de tener en cuenta.

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