El argumento de la condena de 10 años de inhabilitación al Juez Presencia por el delito de prevaricación y multa de 3.500 euros, es tan inexplicable que la sentencia concluye que el magistrado tenía razón al archivar una querella que era indudablemente falsa, pero lo hizo demasiado rápido, en un solo día, cuando debía haber tardado mucho más en hacerlo, según se indica en la sentencia a la que Diario16 ha tenido acceso.

En una sentencia plagada de contradicciones el magistrado ponente, Luciano Varela, considera en un argumento muy confuso «que el acusado (el Juez Presencia), jurista que llegó a superar unas no fáciles pruebas para acceder a la carrera judicial, tenía que saber que era necesario no dejar sin culminar la investigación de la falsedad indudablemente cometida (en el escrito inicial de querella). Incluso de ser imputable al querellante, ya que precisamente de ello podría derivar la exoneración del acusado», a pesar de que la relación de amistad que se le atribuye en la sentencia al juez Presencia no era con el querellante sino con el querellado.

Las contradicciones continúan en la sentencia de Luciano Varela —el mismo magistrado que redactó la sentencia que condenó también a Baltasar Garzón por el delito de prevaricación judicial— dado que considera que «es zafia la inclusión de una resolución verbal en el acta de la declaración del investigado», lo que —según el ponente— nunca se hace «en la praxis judicial» porque no tiene ningún «aval en la norma» cuando, sin embargo, el artículo 247 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece expresamente que «las resoluciones judiciales que se dicten oralmente y deban ser documentadas en acta en los juicios verbales, vistas de los pleitos o causas y demás actos solemnes incluirán la fundamentación que proceda».

Diferentes fuentes judiciales consultadas por Diario16 señalan que la fundamentación que se contiene en la sentencia tendría algo de sentido si la persona que se dice que era amigo del juez Presencia fuera el querellante que cometió el delito de denuncia falsa. Pero la argumentación del ponente resulta inaudita y no tiene explicación si el amigo del magistrado era el querellado, porque no resultaba beneficiado por la conducta que al final es objeto de condena.

Las mismas fuentes resaltan que es mucha casualidad que los componentes de la Sala que ha condenado ahora al Juez Presencia sean prácticamente los mismos magistrados que próximamente tendrán que dictar la sentencia de la causa del Procés, teniendo en cuenta que los vicios de nulidad alegados por la contaminación de los distintos componentes de la Sala son los mismos en uno y otro procedimiento.

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