El titular del Juzgado que está instruyendo la trama de corrupción conocida como caso Cursach, Miguel Florit, tomó la polémica decisión de incautar los teléfonos móviles y los ordenadores de una periodista de Europa Press y de otro del Diario de Mallorca, que ni tan siquiera eran investigados en la trama, solo para averiguar quienes eran las fuentes de una determinada información que se había “filtrado” sobre la investigación.

La Agencia Europa Press  y Diario de Mallorca respondieron con el anuncio de una querella contra el Juez ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares por los presuntos delitos de prevaricación judicial, contra la inviolabilidad de domicilio y contra el ejercicio del derecho al secreto profesional de los periodistas, así como por cuantos otros delitos pudieran resultar conexos con los anteriores.

El mismo día en que se presentaban las querellas, más de 600 periodistas de diferentes medios de comunicación firmaron un escrito entregado al Consejo General del Poder Judicial en el que denunciaban las entradas y registros en los dos medios de comunicación de Baleares.

Horas después, el órgano de gobierno de los jueces emitía un comunicado en el que indicaba que: «La Comisión Permanente comprende la preocupación expresada por los profesionales del periodismo y medios de comunicación en el escrito que nos han dirigido el día de hoy. Ello es así porque esta Comisión Permanente afirma que los derechos constitucionales a transmitir, recibir información veraz y al secreto profesional no se agotan en la dimensión subjetiva de sus titulares, sino que trascienden a una dimensión objetiva y se constituyen en pieza clave de nuestro Estado social y democrático de Derecho: sin una prensa libre que cuente con un marco adecuado de protección no es posible el desenvolvimiento de una sociedad democrática. Por lo tanto, este Consejo manifiesta su compromiso y su defensa del derecho fundamental a la libertad de información», afirmaba el Consejo.

«La tarea de establecer el alcance y límites de ese derecho y de sus mecanismos de protección corresponde a los jueces y tribunales en el seno del proceso y constituye, en esencia, una labor jurisdiccional cuya revisión y control no es ni puede ser función del Consejo General del Poder Judicial, sino de los propios tribunales por la vía de los correspondientes recursos o mediante el ejercicio de las acciones que resulten procedentes«, aclaraba el Consejo.

De esta forma, el CGPJ salía al paso de las reclamaciones de los periodistas dejando la puerta abierta a la más que segura admisión a trámite de las querellas presentadas por Europa Press  y Diario de Mallorca contra el Juez Florit ante el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares. Cuando sea dictado el Auto de apertura del juicio oral, la Comisión Permanente podrá acordar entonces su suspensión provisional con audiencia del Ministerio Fiscal.

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