Incumplir un contrato o incitar a ese incumplimiento es una actividad que está castigada por la ley. Según ha publicado el diario digital El Confidencial el Santander logró que la JUR le eximiera del pago de las cláusulas de cambio de control que tenía adquiridas el Popular. Traducción: la entidad de Ana Patricia Botín exigió que esas cláusulas fueran retiradas. Sin embargo, eso es incitar al incumplimiento de un contrato y, por tanto, el banco cántabro obligó a las instituciones europeas a que se incumpliera la ley.

¿De dónde viene tanto poder? ¿Qué capacidad de influencia puede tener el Santander como para llegar a obligar a un organismo de la Unión Europea a provocar incumplimientos legales? ¿Tanto le deben las instituciones españolas y europeas como para que un banco tenga impunidad absoluta a la hora de actuar?

El Santander es impune, sí. En los grandes asuntos siempre queda absuelto o, directamente, se crean doctrinas legales a la carta para justificar esa absolución. Si hay algún juez o alguna jueza valiente que llega hasta el final, aparece el gobierno de turno para aplicar un indulto, como ocurrió con el señor Sáez. Recordemos algunos de los más importantes asuntos en los que se demuestra la impunidad del Santander frente a la justicia y que, en cierto modo, se demuestra con esa imposición a la JUR para resolver cláusulas que conllevan incumplir un contrato y, por tanto, infringir la ley.

En primer lugar hay que recordar cómo tres generaciones de la familia Botín ocultaron al Estado español durante más de 70 años parte de su patrimonio en Suiza con la utilización de entramados societarios de paraísos fiscales para esconder más de 2.000 millones de euros, algo que fue reconocido por los Botín en diferentes comunicaciones a la Agencia Tributaria y que fueron recogidas en un auto del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional (Diligencias Previas 70/2011) tras la aparición de la Lista Falciani. Que tres generaciones de la familia Botín, desde don Emilio Botín-Sanz de Sautuola y López, pasando por Emilio Botín-Sanz de Sautuola García de los Ríos y terminando en Ana Patricia Botín O’Shea, en 70 años no tuviesen tiempo de regularizar su patrimonio oculto al fisco español pone en evidencia cuál es su forma de actuar y «modus operandi» depurado durante muchos años. Un delito fiscal de este calibre fue resuelto con una multa que fue rápidamente abonada por los Botín. Aquí paz y después gloria.

A pesar de haber reconocido el delito, las más altas instituciones del Estado y entidades privadas de diversa índole siguen haciendo caso omiso de esta actuación delictiva continuada durante 7 décadas de la familia Botín y continúan recibiendo con honores a sus miembros. Por otro lado, la Administración de Justicia y los supervisores se encargan de exonerarles de toda culpa de todos los escándalos que han llegado hasta los tribunales con resoluciones judiciales inexplicables que en algunos casos han llegado a crear una doctrina con el nombre de la familia la «doctrina Botín» que realmente significa : «Salvad a la familia Botín».

El modus operandi del Banco Santander viene «perfeccionándose» desde hace mucho tiempo con la ayuda de destacados abogados del Estado como Rodrigo Echenique, Ignacio Benjumea, Ignacio Uclés y tantos otros que han trabajado y trabajan para el Banco Santander y la familia Botín encubriendo sus actuaciones tal y como ocurrió en la Audiencia Nacional tras la salida a la luz de la lista Falciani y el conocimiento de las cuentas del HSBC en Suiza y la ocultación de un 12% del capital de Bankinter a sus accionistas, a la CNMV y a los mercados en general.

Escándalos judiciales y de organismos supervisores se vienen produciendo durante años ante los ojos de la judicatura limpia y los profesionales del derecho que se frotan los ojos al conocer una tras otra las diversas resoluciones que siempre favorecen al Santander y los exoneran de todos y cada uno de sus presuntos fraudes.

Casos como las cesiones de crédito en las que se defraudó más de 80 millones de euros al fisco y que se saldó con la citada doctrina Botín con una interpretación inexplicable del art 125 de la CE que mereció 5 votos particulares de los Magistrados don Julián Sánchez Melgar, don Joaquín Delgado García, don Perfecto Andrés Ibáñez, don José Manuel Maza Martín y don Miguel Colmenero Menéndez de Luarca de la Sala 2ª del Tribunal Supremo (Recurso de Casación 315/2007 STS 1045/2007 DE 17-12-2007) y que el Tribunal Constitucional no tuvo a bien explicar y aclarar de una vez por siempre son un ejemplo de los presuntos favores que recibe la familia Botín y el Banco de Santander de la justicia exonerando a los miembros de la familia y a sus escuderos abogados del Estado Rodrigo Echenique Gordillo, Ignacio Uclés Romeroy compañía.

Por otro lado, la familia Botín debe agradecer que Hacienda no ejercitase la acusación particular como perjudicada por las cesiones de crédito a la compra por Banesto, entonces ya parte del Grupo Santander, de la empresa de Aguas de Fuensanta asumiendo las deudas de la familia de Rodrigo Rato.

Escándalos judiciales del Santander son muchos y se repiten en el tiempo

Escándalos como los de las cesiones de crédito, los 2.000M € de las cuentas del HSBC, los 12.000 millones de pesetas que se quedaron los hermanos Botín, Jaime y Emilio, de la operación Antibióticos a costa de Bankinter, las multimillonarias jubilaciones del Caso Amusátegui y Corcostegui para que renunciaran a la presidencia del entonces BSCH en favor de don Emilio, escándalos que llegan hasta la estafa procesal de Alfredo Sáenz, o don Arturo del Tiempo consejero delegado del fondo de capital riesgo Vista Capital de Expansión, participado al 50% por el propio Santander y Royal Bank of Scotland, también fue consejero delegado de Gestiones y Desarrollos Patrimoniales y consejero de Santander Carbon Finance condenado por narcotráfico entre España y la República Dominicana y la investigación del caso Casablanca en EUA por el blanqueo de capitales de los cárteles de la droga mexicanos.

En todo el caso del Banco Popular hemos visto cómo el Santander, además de ser el beneficiario principal de la operación, puso a su servicio a todos los mecanismos de organismos públicos, europeos y españoles, para realizar movimientos presuntamente ilegales y que ya acumulan sospechas de presunta comisión de diferentes delitos como, por ejemplo, la estafa, el cohecho, la manipulación del mercado, la adquisición ilícita y el fraude, por citar algunos de los que tendrá que estimar y estudiar el juez Fernando Andreu y los diferentes organismos judiciales de la Unión Europea. Por otro lado, el Santander, con su gran experiencia en el manejo de situaciones similares, ha logrado que esas instituciones públicas se impliquen tanto que, finalmente, serán las responsables de las más que posibles decisiones judiciales favorables a las más de 305.000 familias arruinadas y, nuevamente, el Santander ganará.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here