Entran en vigor las medidas contra la sequía, anunciadas por la ministra de Agricultura, Isabel García Tejerina, unos días antes de la manifestación de regantes en las que exigían mejoras en infraestructuras hídricas.

La Ley exime del pago del IBI rústico y la reducción de jornadas para acceso al subsidio agrario, además se creará un fondo extraordinario de lucha contra la sequía. Estás medidas anunciadas por la ministra, pretender paliar los efectos producidos por la falta de lluvia en varias cuencas hidrográficas del Levante español.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), coincidió con la concentración en Madrid por parte de la inmensa mayoría de productores y regantes del Levante pidiendo agua y soluciones por el déficit hídrico. En un intento de desmovilización de las protestas.

El texto legislativo señala que se concede la exención de las “cuotas del IBI correspondientes a los ejercicios 2017 y 2018, y que afecten a fincas, viviendas, locales de trabajo y similares de naturaleza rústica de titularidad de agricultores y ganaderos afectados por la sequía”. El texto añade “que aquellos agricultores que cumplan los requisitos exigidos para gozar de ese beneficio y que hubieran abonado ya el impuesto podrán pedir la devolución de lo ingresado”.

El Instituto de Crédito Oficial (ICO) establecerá una línea de préstamos de mediación por importe global de mil millones de euros, que podrá ser ampliada en función de la evaluación de los daños.

 

CCOO Industria valora la Ley como insuficiente  

CCOO Industria ha valorado la Ley 1/2018 por la que se adoptan medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la sequía, de insuficiente y cicatera, por la actitud del Gobierno al impedir que las personas trabajadoras afiliadas al Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social, que no residan en Andalucía y Extremadura, se pudieran beneficiar de medidas de acceso a la prestación por desempleo al verse afectadas por las pérdidas de empleo por la sequía.

El sindicato considera que la ley contiene un gran desequilibrio entre las medidas adoptadas a favor de los trabajadores cuenta propia y/o empresarios del sector agrario y los trabajadores cuenta ajena del sector. En su articulado son numerosas las medidas que afectan al primer colectivo y solo dos, parciales y discriminatorias las que se aprueban a favor de un colectivo potencial de más de 800.000 trabajadores agrarios cuenta ajena.

CCOO-Industria cree que potencialmente son unas 250.000 personas en el conjunto de España las afectadas por la discriminación del acceso a las prestaciones asistenciales las que se le excluye de esta medida, dándose el hecho que cotizan al desempleo y se les excluye de las prestaciones asistenciales.

La Ley aprobada contempla dos medidas concretas que dirigidas a los trabajadores asalariados cuenta ajena. La primera medida es considerar de fuerza mayor los efectos de la pérdida de empleo por la sequía para los casos de reducción de jornada, suspensión de contratos y los despidos colectivos. Autoriza al  Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para que perciban prestaciones por desempleo los trabajadores, aunque carezcan de los periodos de cotización necesarios y que no se computen los consumos de prestaciones a efectos de los periodos máximos de percepción de prestaciones establecidos.

La segunda medida afecta a los trabajadores residentes en Andalucía y Extremadura, perceptores del Subsidio y Renta Agraria, a los cuales se les reduce el requisito de jornadas mínimas de acceso a estas prestaciones de 35 jornadas a 20 jornadas, para los perceptores que hubiesen solicitado desde el 1 de Septiembre de 2017 hasta la entrada en vigor de la ley y que presente una nueva solicitud hasta el 7 de Agosto de 2018.

La letra pequeña de esta medida, contiene dos discriminaciones: una hacía los trabajadores menores de 35 años si cargas familiares y el resto del colectivo, ya que los primeros pasarán de necesitas 53 jornadas a necesitar 38 jornadas para acceder al subsidio o renta agraria y el resto 20 jornadas. Y una segunda que los trabajadores y trabajadoras que se integraron en el Sistema Especial Agrario desde el 1 de Enero de 2012, se ven excluidos de esta medida ya que siguen necesitando 30 jornadas para estar afiliados en la Seguridad Social Agraria, requisito imprescindible para beneficiarse de esta medida.

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