El Banco Central Europeo fue quien firmó el «acta de defunción» del Banco Popular sin conocer la causa de la misma, cuando fue el mismo BCE, en las respuestas que ha ido enviando a los afectados, quien afirmó que había que tener en cuenta que «el Banco Central Europeo (BCE) no expresa comentarios sobre entidades de crédito concretas. Los argumentos que llevaron al BCE a concluir que la entidad era inviable o existía la probabilidad de que lo fuera a ser debido a un deterioro significativo de su posición de liquidez se exponen en la versión no confidencial de la evaluación de inviabilidad o previsible inviabilidad. En consecuencia, el Consejo de Gobierno no provee ELA ni adopta decisiones sobre la provisión de ELA a entidades de crédito concretas. Su papel se limita a evaluar si la provisión de ELA en casos específicos interferiría en los objetivos y tareas del SEBC. Como se expresa en la evaluación de inviabilidad o previsible inviabilidad, el BCE no presentó objeciones a la prestación de ELA a Banco Popular». Esto fue recibido por un afectado el pasado día 11 de junio tras remitirle un pequeño cuestionario de 4 preguntas. La respuesta demuestra que, quizá, el BCE no tenía mucho conocimiento de las consecuencias de la operación de rescate al Santander. Tal vez Mario Draghi debiera preguntarle a su nuevo vicepresidente, Luis de Guindos, para que le ponga al día de lo que realmente ocurrió durante el cuarto trimestre de 2.016 y el primer semestre de 2.017. Las preguntas que le hizo este afectado fueron:

  1. Siendo el único supervisor el BCE para los grupos o entidades bancarias más importantes de la UE, ¿qué ha fallado para que, supervisándolas en estos últimos tres años haya ocurrido la resolución del Banco Popular?
  2. Si el mecanismo de supervisión es para dar confianza a las partes interesadas que los bancos que se adhieran al MUS y que estén dentro del ambito de aplicacion del MUR son fundamentalmente sólidos y de confianza, ¿cómo podemos confiar en un organismo que ha incumplido su rol dejando caer al Banco Popular y, además, no presenta la documentación que acredite que lo realizado ha sido correcto?
  3. Si las medidas microprudenciales son las medidas efectivas para la curación de un síntoma en cualquier entidad financiera bajo el control del MUR, ¿no han sabido identificar las medidas microprudenciales necesarias para poder superar y reestablecer la estabilidad del Banco Popular?
  4. ¿El BCE va a ser prestamista de último recurso, como los grandes bancos centrales, o solo va a centrarse en la politica monetaria, dejando de lado funciones que si desarrollan los restantes bancos centrales?

Preguntas sencillas de responder para un organismo como el BCE pero que, al parecer, se han convertido en la teoría de cuerdas tras conocer la respuesta dada al afectado. Una institución europea de la importancia del BCE no puede perder el respeto a los ciudadanos de la Unión Europea como hizo con una respuesta de manual a una serie de preguntas de fácil contestación por parte de quien dispone de todos los datos y documentación para hacerlo.

Respecto a la Junta Única de Resolución (JUR) su papel en el Caso Banco Popular sólo debió ser el de ejecutora de la intervención, previa comunicación por parte del BCE de la declaración FOLFT (fail or likely to fail) de la entidad. Entre todos los documentos de la JUR a los que ha tenido acceso Diario16 y que son respuestas del organismo a solicitudes de afectados, transcribimos uno de esos correos donde la Junta, extralimitándose en sus opiniones, especifica claramente cuáles han sido los defectos en la aplicación del procedimiento de resolución por parte del BCE y de los restantes organismos europeos que intervinieron:

La relación existente entre la liquidez y la solvencia resulta especialmente pertinente en la actividad bancaria. Es importante que las autoridades posean un juego completo de herramientas para abordar los problemas de liquidez, y con un juego de herramientas eficaz se puede reducir la probabilidad de inviabilidad de los bancos al proporcionar a los depositantes y otros acreedores mayor seguridad con respecto al acceso a sus fondos.

Sin embargo y pese a ello, puede darse el caso de que un banco sea declarado inviable debido a una liquidez inadecuada. La liquidez inadecuada es una de las circunstancias que se citan explícitamente en el marco jurídico en virtud del cual es posible declarar FOLTF a una entidad de crédito. Como tal, será necesario que la autoridad de resolución prevea las posibles inviabilidades por motivos de liquidez inadecuada.

En estos casos, la moratoria se convierte en un instrumento pertinente que, si bien no es la panacea, brindará al banco más tiempo para buscar soluciones alternativas, y a la autoridad de resolución más tiempo para adoptar una resolución, si una entidad presenta problemas de liquidez que se intensifican a un ritmo acelerado.

Las pruebas de resistencia examinan a las instituciones en una fecha de cierre concreta y no aportan indicios sobre su futura evolución financiera. La situación de una institución más de un año después de la prueba de resistencia depende de la evolución del mercado y de la situación de la propia institución y no de los resultados de la prueba de resistencia. Además, cabe destacar que las pruebas de resistencia y las previsiones de liquidez no son responsabilidad de la JUR y sería preferible tratar dichas cuestiones con el MUS o la ABE. De esto se deduce que es esencial que las autoridades de resolución estén preparadas para la inviabilidad de cualquiera de las entidades que formen parte de su ámbito de competencias. La JUR seguirá trabajando para velar por que todas las entidades sean resolubles en la Unión Bancaria. El banco fue declarado FOLTF por el BCE debido a una crisis de liquidez.

Como podemos comprobar, la propia JUR reconoce que se trató de un caso de crisis de liquidez, no de solvencia, por lo que el banco no estaba quebrado y la inviabilidad pudo haberse resuelto si, en primer lugar, se hubieran ejecutado las operaciones de ampliación de capital o de venta de activos no estratégicos que Saracho tenía encima de la mesa. Sin embargo, para el Popular no hubo ningún tipo de moratoria sino que se dictaminó la resolución el día 2 de mayo con la reunión convocada por el BCE, se preparó el 23 de mayo con la firma del contrato de la JUR con Deloitte y se ejecutó a partir del día 2 de junio con la convocatoria de Elke König a Jaime Ponce y Emilio Saracho de una call conference en la que se puso en marcha el Proyecto Hipócrates, tal y como refleja la documentación del FROB.

Dejar respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here