El informe de la Junta Única de Resolución (JUR) en el que se indican los puntos clave por los que se inició el proceso de resolución está lleno de errores de apreciación respecto a la situación del Popular. Sobre todo, si tenemos en cuenta informes que han salido a la luz como, por ejemplo, el del Banco de España en el que se indica que la entidad sí que disponía de liquidez para abrir las oficinas al día siguiente, además de disponer de tiempo para corregir errores de forma en la presentación de garantías para lograr una nueva línea de ELA por valor de 4.500 millones de euros.

Según la JUR, no existían «perspectivas razonables de que cualquier alternativa del sector privado pueda evitar la inviabilidad de la institución». A continuación, se hace una exposición que se basa en la carta remitida por Emilio Saracho el día 6 de junio en el que afirmaba que se cumplían todas las condiciones para declarar el estado FOLTF (fail or likely to fail) del Banco Popular. Hay que recordar que esa carta está basada en las instrucciones recibidas de Uría y Menéndez (el despacho de cabecera del Santander) el día 2 de junio y que, además, la firma de Saracho está sometida a la petición de pruebas periciales por las sospechas de que no fue firmada por él.

Sin embargo, la realidad de esos días era muy contraria a lo que afirma la JUR. Por un lado, según el informe del Banco de España, el Banco Popular podría acceder a una línea de liquidez de urgencia por valor de 4.500 millones si corregía pequeños defectos de forma en la solicitud como, por ejemplo, presentar documentos originales en vez de fotocopias. Este hecho ya fue confirmado por el ex subgobernador del Banco de España, Javier Alonso, quien el día 23 de junio de 2.017 hizo públicas sus sospechas de que Saracho no había presentado todas las garantías que tenía el Popular para solicitar más liquidez de emergencia. Por tanto, la afirmación de la JUR de que no existía ninguna solución a corto plazo en referencia al Banco de España o a BCE es falsa.

En referencia a las soluciones privadas, tanto para lograr liquidez como las relacionadas con la situación de capital, la JUR no tuvo en cuenta en su valoración las ofertas de venta de activos no estratégicos —WiZink (4.500 millones) y TotalBank (500 millones)— ni las de ampliación de capital que podrían superar los 8.000 millones de euros. Por lo tanto, la premisa de la JUR de que no existía ningún tipo de solución privada a corto plazo tampoco era cierta.

En consecuencia, la utilización de argumentos erróneos es una causa más de nulidad tanto de la resolución como de las consecuencias posteriores, es decir, la ruina de más de 305.000 familias.

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