El Juzgado de lo Penal nº 2 de Almería ha condenado a dos empresarios de una empresa de construcción por la muerte de un trabajador en su puesto de trabajo. El hecho se produjo en la construcción de una estructura en Almerimar en el año 2007. El fallecido tenía 43 años, casado y con dos hijos, era encofrador de segunda y fue aplastado por una chapa de encofrado. La empresa de los dos condenados había sido subcontratada por otra compañía.

La sentencia absuelve a otros dos empresarios responsables de las sociedades que subcontrataron a la perteneciente a los condenados.

El accidente se produjo, según la sentencia, por utilizar un método incorrecto de limpieza de las placas de encofrado. En concreto, fueron dejadas en suspensión en una grúa cuando lo correcto hubiera sido colocar dichas placas en el suelo, así como la colocación incorrecta de la eslinga en el gancho de la grúa torre.

Por otro lado, el trabajador no había recibido formación alguna en materia de riesgos laborales, tal y como obliga la ley. Por tanto, los primeros responsables son los empleadores.

La sentencia condena a cada uno de los empresarios a 3 meses de prisión y una multa de 360 euros por un delito contra los derechos de los trabajadores. Igualmente multa a los dos empresarios con 240 euros por homicidio imprudente. El juez, además, suspende la pena cárcel durante dos años si en ese tiempo los condenados no vuelven a delinquir.

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